segunda-feira, 9 de janeiro de 2012

O dia em que conheci Zaffaroni - parte III (recomendo que a leitura seja iniciada da parte I)

Então, qual é o cartão de visitas que Siro De Martini utiliza para apresentar o "festejado" Zaffaroni? Palavras dele: "Sin dudas uno de los nombres claves para entender las raíces de la actual injusticia penal argentina es el de Eugenio Zaffaroni. No sólo él, claro está. Ni tampoco sólo sus discípulos, admiradores y lectores. Pero creo que no puede entenderse la impunidad argentina si se prescinde de las ideas de Zaffaroni. Y, quizás más aún, si no se recurre a sus actos. Es decir, a sus sentencias, actitudes y declaraciones. Zafaronni es, a mi juicio, como una síntesis de la ideología que ha conducido a la impunidad en la Argentina" (En defensa del derecho penal, EDUCA, 2008, p. 19).

Mas Siro De Martini - e os demais autores de "En defensa..." - são daqueles que "matam a cobra e mostram o pau". Eles transcrevem uma entrevista fornecida por Zaffaroni para um repórter da Revista Rolling Stone, nº 65, de agosto/2003: "R- Mandó mucha gente a la cárcel? Z- Sí, claro. Mucha gente, muchos años. R- Es horrible, no? Z- Sí, pero la diferencia es cómo lo encarás. Abrís un expediente y decís: 'A ver cómo zafo a éste'. Y si zafarlo no está bien, entonces digo: 'A ver cómo hago para que la lleve más aliviada'. Abriendo um expediente así, com esa idea, vas dormir tranquilo siempre. En definitiva, la función del juez penal es contener el poder punitivo, viste? Poder decir: 'Bueno, hasta acá'. En el ejercicio del poder punitivo llega un momento del proceso en que el acusado está solo, todos contra él. Hasta que llega un tribunal que dice: 'Vamos a ver cómo compensamos esto'" (op. cit., p. 48).

Os métodos pouco ortodoxos propostos por Zaffaroni para a modificação de leis penais também foram abordados. A estratégia é a seguinte: "Siempre estamos jugando con alternativas para reducir el ámbito del encarcelamiento. Incluso, queda claro que muchas de estas alternativas pertenecen a la legislación penitenciaria (...) hoy día se manejan códigos penales muy severos (...) pero después, en la ley penitenciaria, aparecen disposiciones que permiten de alguna manera ir reduciendo la pena, de modo que, en realidad, esas penas formalmente tan graves, en la práctica, representan un encierro mucho más breve. Que por qué se produce esto? Yo creo - y esto está pasando en muchos países en Latinoamérica - que es porque resulta mucho más fácil que una ley penitenciaria pase por un Congreso sin que ningún periodista cretino se dé cuenta, que una reforma al Código Penal, que generalmente es más escandalosa". (op. cit., p. 53).

Não é à toa que De Martini e cia. concluem: "En esa línea, Z. se permite ensayar curiosas formas de 'alternativas a la prisión', que consisten lisa e llanamente en no cumplir la ley. Si me parece que el texto, donde no hay argumentos sino una sarta de delitos - instigación a los delitos, de desobediencia, al delito de no perseguir los delitos, al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al delito de cohecho y, además, sus respectivas apologías" (op. cit., pp. 51-52).


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